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1. INTRODUCCIÓN

Este Código de Conducta describe la línea de actuación que 15 Bodegas, en adelante 15B, espera de todos los empleados que trabajan en todas las bodegas que forman 15 Bodegas, al desarrollar sus funciones tanto en España como en cualquiera de sus filiales en el extranjero.

Su contenido está delimitado por el marco legislativo nacional e internacional en el que 15B desarrolla sus actividades, y por la determinación del Consejo de Administración de UNIDECO de ser percibidos por sus clientes a nivel mundial como una organización excelente.

Se considera un deber de todos los empleados de las bodegas de 15B el cumplimiento de las disposiciones de este Código, por lo que, en caso de tener alguna duda con respecto al mismo deberán ponerse en contacto con el Comité Ético.

2. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

El Código Ético de 15B constituye una declaración expresa de los valores, principios y pautas de conducta que deben guiar el comportamiento de todas las personas de 15B en el desarrollo de su actividad profesional, garantizando la aplicación colectiva de los compromisos de 15B y la integración de todo el personal de la empresa en la cultura corporativa. En concreto, el Código Ético tiene como objeto:

  • Desarrollar los modelos y pautas de comportamiento profesional, ético y responsable de todos los empleados de las bodegas de 15B en el ejercicio de su actividad.
  • Prevenir la comisión de comportamientos delictivos y de cualquier comportamiento ilícito por las personas obligadas por este Código en el desempeño de su actividad profesional.
  • Establecer los mecanismos de seguimiento y control necesarios para garantizar su cumplimiento.

El Comité Ético será competente para recibir las denuncias relacionadas con infracciones del Código Ético, garantizando la confidencialidad a todos aquellos que las formulen y el respeto a las personas presuntamente implicadas en las mismas, y analizará exhaustivamente los posibles incumplimientos al Código.

El ámbito de aplicación de este Código abarca a todas las entidades que forman parte de 15B y a todas las personas que las integran.

Al establecer relaciones de negocio con otras empresas o profesionales, se tendrá en cuenta, como uno de los criterios de selección, el que tengan asumidos unos principios de comportamiento y de gestión similares a los enunciados en este Código.

El Código Ético servirá de pauta general para resolver determinadas situaciones a las que el profesional se enfrente, no sólo mientras subsista su relación laboral con alguna de las entidades integrantes de 15B, sino también, en determinadas circunstancias, una vez extinguida la misma por cualquier causa.

3. VALORES CORPORATIVOS Y PRINCIPIOS BÁSICOS DE COMPORTAMIENTO

El Código Ético constituye uno de los elementos principales de la gestión de la Responsabilidad Social Corporativa de 15B y es el cauce para el desarrollo de sus valores corporativos, que se relacionan a continuación:

3.1. Valores corporativos

15B promueve internamente cuatro valores corporativos que nosotros denominamos CEPA (“C” de Colaboración, “E” de Esfuerzo, “P” de Pasión y “A” de Apertura), que reflejan la personalidad compartida de todo el equipo humano.

3.2. Principios básicos de comportamiento

3.2.1. Responsabilidad

Todos los profesionales de las empresas de 15B tienen la responsabilidad de cumplir con este Código, y los responsables de dichas empresas deben resolver cualquier duda que surja en relación con el mismo.

3.2.2. Respeto a la legalidad

Todas las personas que trabajan en 15B mantendrán un estricto respeto a la normativa legal vigente en el desarrollo de sus actividades profesionales, tanto en España como en el extranjero.

Ninguna orden que contravenga lo dispuesto en una norma jurídica debe ser obedecida, y los empleados, de forma confidencial, pueden poner en conocimiento del Comité Ético la existencia de este tipo de órdenes.

Toda persona obligada por este Código que resulte imputada en un procedimiento penal por una actividad relacionada con su actividad profesional deberá informar con diligencia al Comité Ético.

3.2.3. Integridad

Todas las personas de 15B deberán ejercer su actividad con objetividad y profesionalidad en cualquier posición y ámbito de responsabilidad, actuando siempre con integridad moral y buena fe hacia cualquier miembro de la organización o tercero.

3.2.4. Respeto a los Derechos Humanos

15B se compromete a respetar todos los derechos fundamentales y libertades públicas reconocidas por los acuerdos internacionales y los sistemas jurídicos de los países en los que desarrolla su actividad, y evita colaborar con aquellas organizaciones que los vulneran.

4. PAUTAS/NORMAS DE CONDUCTA

4.1. Pautas de conducta de carácter general

4.1.1. Fomento de la reputación de 15B

15B cuenta con una sólida reputación gracias a su dilatada experiencia y a un equipo de personas solvente y leal, comprometido con los valores y el saber hacer que conforman la cultura centenaria de 15B.

Todos y cada uno de sus integrantes participarán en la tarea de fortalecer el nombre de 15B, y sobre todos recae la responsabilidad de velar por su reputación y de no actuar en contra de los intereses de 15B.

4.2. Relación con y entre las personas de 15B

4.2.1. Entorno de trabajo

15B se esfuerza por crear entornos de trabajo donde impere la confianza y el respeto a la dignidad de las personas, la cordialidad y el esfuerzo del trabajo en equipo, y cada uno de los integrantes de 15B contribuirá a mantener dicho ambiente de trabajo.

4.2.2. Igualdad de oportunidades y no discriminación. Prevención del acoso

15B garantiza la igualdad de oportunidades y se compromete a poner los medios para ayudar a todos sus empleados a su desarrollo profesional y personal, sin que esté permitido ningún tipo de discriminación por motivos de género, raza, orientación sexual, religión, ideología política, nacionalidad, origen social, discapacidad o cualquier otra circunstancia.

Asimismo, 15B se compromete a mantener un ambiente de trabajo libre de cualquier conducta susceptible de ser considerada como acoso o intimidación en el trabajo, ya sea sexual o de cualquier otra naturaleza, entendiéndose por acoso o intimidación cualquier comportamiento no deseado que tenga como objetivo o consecuencia atentar contra la dignidad de la persona y crear un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo.

Por ello, todos los profesionales de 15B adoptarán una posición de prevención de estas conductas de acoso o intimidación, y tratarán con respeto y dignidad a toda persona con la que tengan relación empresarial, tanto en el centro de trabajo como en viajes de negocios y eventos sociales relacionados con la actividad laboral.

4.2.3. Desarrollo profesional y formación

15B considera el trabajo como base y fundamento del desarrollo personal y social de sus profesionales, y se compromete a proporcionar una adecuada formación a sus profesionales en el marco del desarrollo de sus expectativas personales y profesionales, que mejoren el conocimiento y habilidades de sus profesionales en el negocio, y sus posibilidades de promoción en el futuro.

4.2.4. Seguridad y salud en el trabajo

15B se compromete a poner los medios necesarios para minimizar los riesgos en el trabajo, debiendo cumplir debidamente el personal de 15B la normativa de prevención de riesgos laborales y de protección de la seguridad y salud en el lugar de trabajo, así como las normas que en este ámbito y en cada momento resulten de aplicación.

Asimismo, 15B se compromete a facilitar a sus profesionales y colaboradores la formación adecuada al respecto, a suministrar los equipos de protección necesarios y a supervisar e informar a los profesionales de cualquier situación de riesgo que se encuentre en su centro de trabajo, al objeto de que puedan adoptar las medidas oportunas para hacerle frente.

4.2.5. Privacidad de los datos personales

La información personal no pública facilitada por los trabajadores a 15B es considerada reservada y confidencial por lo que se preservará su integridad, disponibilidad y confidencialidad. Del mismo modo, 15B se compromete a asegurar la privacidad de los datos personales de consumidores, proveedores, profesionales o cualquier otra persona cuyos datos hayan sido suministrados a las distintas entidades de 15B.

4.2.6. Uso y protección de activos y recursos

15B pone a disposición de los empleados los recursos necesarios para el desempeño de su actividad profesional y facilita los medios para la adecuada salvaguarda de los mismos, y cada uno de los empleados de 15B es responsable de la correcta utilización y protección de los activos y recursos facilitados por la Sociedad, que deben ser utilizados exclusivamente para el desarrollo de su actividad laboral, de conformidad con la normativa establecida por la empresa para el correcto uso de los sistemas informáticos de 15B.

4.3. Relación con el mercado-clientes

4.3.1. Calidad e Innovación

15Bse compromete a alcanzar las mayores cotas de calidad en sus productos, poniendo a disposición de sus empleados los mejores medios y conocimientos técnicos posibles, por lo que, las personas de 15B colaborarán con este objetivo con la debida profesionalidad, compromiso e iniciativa, respondiendo siempre a las necesidades del cliente y procurando dar cumplimiento a sus expectativas.

4.3.2. Confidencialidad

Todos los integrantes de 15B garantizarán la integridad, confidencialidad y disponibilidad de la información de la empresa, sin que puedan divulgarse los datos, cuentas, informes y planes estratégicos de 15B que no sean de carácter público, mientras dure la relación laboral con 15B e incluso después del cese de la condición de empleado, directivo, consejero o de su vínculo formal con el mismo.

Queda prohibido extraer o utilizar información relacionada con las actividades de 15B por parte de cualquier persona que extinga su vínculo formal con la empresa, la cual deberá devolver todos los recursos y/o materiales que le han sido entregados para el desarrollo de su actividad laboral, siendo anuladas sus claves de acceso y permisos, y los poderes correspondientes a actividades de la empresa, si se tuvieran.

4.3.3. Respeto a la libre competencia

15B se compromete a competir en los mercados impulsando la libre competencia en beneficio de las comunidades y a cumplir las leyes establecidas al respecto en los diferentes países donde opera, debiendo el personal de 15B evitar cualquier actuación que suponga un abuso o transgresión de la libre competencia.

4.3.4. Relación con proveedores y contratistas

Los procesos para la selección de proveedores y contratistas de 15B se desarrollan en términos de imparcialidad y objetividad, aplicando en estos procesos los necesarios criterios de calidad, oportunidad y coste, actuando siempre en defensa de los intereses de 15B.

4.4. Relación con la comunidad

4.4.1. Protección del medio ambiente

15B está firmemente comprometido con la protección y el respeto al medio ambiente y trata de minimizar los impactos ambientales negativos, promoviendo la I+D+i para mejorar los procesos y procurando la adecuada formación de sus empleados y colaboradores sobre la adecuada gestión ambiental, los cuales deberán trabajar con la máxima eficiencia energética y de recursos naturales y respetar la preservación de la biodiversidad, poniendo en práctica los conocimientos adquiridos.

4.4.2. Prevención del fraude, del blanqueo de capitales y de la corrupción

Cumplimiento de la normativa nacional e internacional

Los profesionales y las distintas entidades que conforman 15B deben cumplir las leyes y demás normas que resulten de aplicación en los países en los que desarrollan su actividad, incluida la normativa relativa a aduanas y comercio.

Prevención del fraude

Los Directivos de las bodegas de 15B y demás empleados de 15B deberán identificar y comunicar al Comité Ético la existencia de actividades fraudulentas, entendidas como acciones u omisiones cometidas deliberadamente con el fin de obtener un beneficio propio o ajeno, con independencia de si dichas acciones u omisiones causan un beneficio o un perjuicio para 15B.

A fin de mantener prácticas comerciales correctas y evitar actividades fraudulentas, se proporcionará a los auditores, entidades reguladoras u organismos gubernamentales toda la información precisa y completa, debiendo conservarse todos los registros de contabilidad de las empresas y los informes obtenidos a partir de dichos registros, y presentarse de conformidad con la legislación vigente.

Prevención del blanqueo de capitales

15B solo establecerá relaciones comerciales con clientes y socios atendiendo a su competencia profesional, debiendo tomar en consideración que cualquier pago que se realice a la empresa con fondos procedentes de actividades delictivas puede ser constitutivo de un delito de blanqueo de capitales.

Por ello, en aquellas operaciones o actividades donde se aprecie un riesgo de blanqueo de capitales, 15B adoptará las medidas de cumplimiento oportunas, tales como la identificación del cliente y la colaboración con las autoridades competentes.

Prevención de la corrupción

Queda totalmente prohibido realizar cualquier tipo de dádiva o promesa a los funcionarios públicos españoles o extranjeros, candidatos políticos o empleados de cualquier empresa, ya sea directamente o a través de un intermediario, con el fin de influenciar indebidamente en su decisión a favor de la empresa o de que violen sus obligaciones para obtener o conservar un negocio o cualquier otro beneficio para 15B.

El Grupo no admite la realización de ningún regalo, invitación o atención a clientes que supere lo dispuesto en la Política Anti-corrupción de 15B, incluidas las personas estrechamente vinculadas por lazos familiares o de amistad al cliente o funcionario público asimismo, 15B no admite la recepción de ningún regalo que supere los límites establecidos en la Política Anti-corrupción de 15B. Nunca se utilizarán las tarjetas de crédito de empresa para uso y gastos personales, de conformidad con la Política de gastos de viaje y representación de empresa.

En el ámbito de las relaciones de negocios privadas, queda prohibido ofrecer cualquier tipo de ventaja ilícita a las personas de otras empresas con el fin de que se decanten por la adquisición de los servicios o productos de 15B, incumpliendo sus deberes. Igualmente queda prohibido la realización de regalos, invitaciones o atenciones a empleados o directivos de otras empresas al margen de la Política Anti-corrupción de 15B.

4.5. Relación con los accionistas

Para la eficiencia y competitividad del negocio es esencial una comunicación eficiente y transparente con los accionistas, de acuerdo con las leyes de cada lugar y normas internas establecidas en 15B.

5. SEGUIMIENTO Y CONTROL

Las personas obligadas por este Código deben conocer su contenido y los valores sobre los que se sustenta, respetándolo y ayudando al resto del equipo en su cumplimiento. Cualquier sugerencia de mejora, duda o crítica debe ser puesta en conocimiento del superior jerárquico o del Comité Ético.

5.1. Comité Ético

El Comité Ético es el órgano encargado de interpretar el Código Ético, implementar las políticas que garanticen la efectividad del Código y el cumplimiento de la legalidad.

Estará compuesto por el Director/a del Departamento Financiero, el Director/a del Departamento de Recursos Humanos y el Responsable de la Asesoría Jurídica interna de 15B, y periódicamente informará al Consejo de Administración sobre las medidas adoptadas para una efectiva implantación del Código.

5.2. Canal Ético

La actividad de 15B puede poner de manifiesto nuevos conflictos y dilemas éticos en los que no resulte fácil la aplicación de lo dispuesto en este Código, debiendo plantearse en ese caso todas las dudas al Comité Ético para su resolución a través de los diferentes canales de información establecidos en la política de Comunicación interna de la empresa.

Con el objeto de proteger la integridad corporativa de 15B, los empleados y directivos deben comprometerse a poner de manifiesto cualquier actuación observada dentro de la organización que sea contraria a este Código o la legislación vigente, incluso aunque se encuentre ubicada en un ámbito diferente al habitual de sus actividades, mediante denuncia formulada al Comité Ético, el cual mantendrá la debida confidencialidad y reclamará la intervención y cooperación de cuantas personas puedan ser de utilidad para la mejor evaluación de las distintas conductas sometidas a examen.

Las personas de 15B deben tener una actuación proactiva y participativa en sintonía con este compromiso con la comunidad, especialmente en la acción social. Las actuaciones de patrocinio, mecenazgo o de otras en el ámbito de la acción social que sean promovidas por todas las personas de 15B deberán realizarse conforme a la normativa interna existente y de modo transparente, sin buscar el provecho y la promoción personal de ninguna persona de la organización o afectar a la imparcialidad de un funcionario público.

El anonimato de las personas que utilicen estos mecanismos quedará plenamente preservado. No obstante, con el objeto de evitar un uso fraudulento de este canal ético y asimismo cumplir con la legislación vigente, todas las denuncias deberán venir identificadas y relacionarán el detalle preciso de los hechos acaecidos.

5.3. Sanciones disciplinarias

15B ejercerá las medidas legales o disciplinarias que considere adecuadas, de acuerdo con la legislación vigente, para evitar el incumplimiento del presente Código Ético y velará para que no se produzcan comportamientos inadecuados contra aquellos que denunciasen el quebranto del mismo.

La sanción legal o disciplinaria correspondiente alcanzará no sólo al que infrinja el Código sino también a aquéllos que por acción u omisión aprueben los comportamientos contrarios al mismo o tengan conocimiento de dichas infracciones y no traten de subsanarlas de inmediato.